From afa3e33d190fba1c7fe15d1241243b7b58ff0d33 Mon Sep 17 00:00:00 2001 From: Antoni Marroig Campomar Date: Thu, 4 Apr 2024 13:09:03 +0200 Subject: [PATCH] [MIG] payment_redsys: Migration to 17.0 --- l10n_es_aeat_mod347/README.rst | 248 +++++++++--------- l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md | 14 - l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst | 16 ++ l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md | 45 ---- l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst | 42 +++ .../readme/{INSTALL.md => INSTALL.rst} | 2 +- l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md | 21 -- l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst | 21 ++ l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.md | 53 ---- l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst | 47 ++++ .../static/description/index.html | 169 ++++++------ payment_redsys/README.rst | 4 + payment_redsys/__manifest__.py | 2 +- payment_redsys/data/payment_redsys.xml | 28 +- payment_redsys/readme/CONTRIBUTORS.md | 2 + payment_redsys/static/description/index.html | 4 + payment_redsys/views/payment_provider.xml | 51 +--- 17 files changed, 367 insertions(+), 402 deletions(-) delete mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md create mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst delete mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md create mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst rename l10n_es_aeat_mod347/readme/{INSTALL.md => INSTALL.rst} (63%) delete mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md create mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst delete mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.md create mode 100644 l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/README.rst b/l10n_es_aeat_mod347/README.rst index 3f9bb7ec949..6dcbe700c4c 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/README.rst +++ b/l10n_es_aeat_mod347/README.rst @@ -28,49 +28,46 @@ AEAT modelo 347 |badge1| |badge2| |badge3| |badge4| |badge5| -(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden -EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños -físicos y lógicos del 347. +(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) +Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los +diseños físicos y lógicos del 347. De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a presentar el modelo 347: -- Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al - régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que - desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y - cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de - otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, - hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que - se refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € - se computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las - adquisiciones de los mismos. -- En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad - de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir - las facturas sin incluir la cuantía del IRPF. -- En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser - presentadas en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar - en la ficha del proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". - -De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo -347: - -- Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales - sin tener en territorio español la sede de su actividad, un - establecimiento permanente o su domicilio fiscal. -- Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas - en el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el - régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los - régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y - pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén - excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. -- Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en - su conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. -- Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente - operaciones no declarables. -- Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones - incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que - realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo - 347. +* Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen + de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen + actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado + operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, + cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de + 3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el + cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas + de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos. +* En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de + Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las + facturas sin incluir la cuantía del IRPF. +* En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en + este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del + proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". + +De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347: + +* Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin + tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento + permanente o su domicilio fiscal. +* Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en + el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el + régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los + régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería + y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén + excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. +* Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su + conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. +* Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones + no declarables. +* Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones + incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen + operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347. (http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf) @@ -92,82 +89,76 @@ Usage Para realizar una declaración del modelo 347: -1. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. -2. Pulse en el botón "Crear". -3. Seleccione el año para la declaración. -4. Pulse en "Calcular". -5. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que - tenga), aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la - que se podrán revisar cada uno de los registros detectados. -6. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún - dato que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la - AEAT. -7. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer - contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando - el botón "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío - masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación - (chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros - pasarán a estado "Enviado" -8. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de - comunicación pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece - en la parte superior derecha de la pestaña "Registros de empresa". -9. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si - todavía no está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el - botón "Establecer a pendiente" de la vista de detalle), pulsando - sobre el botón "Enviar" de la vista de detalle, o en el icono del - sobre en la vista de listado. -10. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro - pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la - vista de listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o - "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. -11. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un - gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, - aparecerá en un marrón claro. -12. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 - botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. - **NOTA:** Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al - exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. - Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará - la validación/rechazo en el registro. -13. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y - entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y - notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el - único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la - declaración. **NOTA:** Para que esto funcione, debe tener bien - configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo - entrante, etc. -14. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para - aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. -15. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón - "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya - fijos. -16. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para - su subida en la web de la AEAT. +#. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. +#. Pulse en el botón "Crear". +#. Seleccione el año para la declaración. +#. Pulse en "Calcular". +#. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), + aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la que se podrán + revisar cada uno de los registros detectados. +#. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato + que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT. +#. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto + de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón + "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío masivo, dejando el + mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. + En ese momento, todos los registros pasarán a estado "Enviado" +#. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación + pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece en la parte superior + derecha de la pestaña "Registros de empresa". +#. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no + está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el botón "Establecer a + pendiente" de la vista de detalle), pulsando sobre el botón "Enviar" de la + vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado. +#. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando + sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de + listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o + "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. +#. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris + atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en + un marrón claro. +#. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones + que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. **NOTA:** Para + poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien + configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse + en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro. +#. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces + la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los + seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se + añade es el usuario que ha realizado la declaración. **NOTA:** Para que + esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos + a catchall, correo entrante, etc. +#. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para + aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. +#. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón + "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos. +#. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para su + subida en la web de la AEAT. Known issues / Roadmap ====================== -- Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una - fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha - del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare - en el siguiente periodo. -- Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para - tenerlo en cuenta en la suma de totales. -- No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, - D, E, F y G. -- Realizar declaración solo de proveedores. -- No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades - aseguradoras). -- No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. -- No se incluye la gestión del criterio de caja. -- No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. -- No se incluye la gestión de depósito aduanero. -- No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual - para las operaciones de efectivo. -- Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por - defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, - hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir - en el 347. +* Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha + específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor + con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente + periodo. +* Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo + en cuenta en la suma de totales. +* No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración + C, D, E, F y G. +* Realizar declaración solo de proveedores. +* No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades + aseguradoras). +* No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. +* No se incluye la gestión del criterio de caja. +* No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. +* No se incluye la gestión de depósito aduanero. +* No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las + operaciones de efectivo. +* Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por + defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, + hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en el + 347. Bug Tracker =========== @@ -183,34 +174,33 @@ Credits ======= Authors -------- +~~~~~~~ * Tecnativa * PESOL Contributors ------------- +~~~~~~~~~~~~ -- Pexego (http://www.pexego.es) -- ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) -- NaN·tic (http://www.nan-tic.com) -- Acysos (http://www.acysos.com) -- Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) -- Angel Moya -- Albert Cabedo -- `Tecnativa `__: +* Pexego (http://www.pexego.es) +* ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) +* NaN·tic (http://www.nan-tic.com) +* Acysos (http://www.acysos.com) +* Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) +* Angel Moya +* Albert Cabedo +* `Tecnativa `_: - - Antonio Espinosa - - Pedro M. Baeza - - Cristina Martín - - Carlos Dauden + * Antonio Espinosa + * Pedro M. Baeza + * Cristina Martín + * Carlos Dauden +* `Sygel `_: -- `Sygel `__: - - - Manuel Regidor + * Manuel Regidor Maintainers ------------ +~~~~~~~~~~~ This module is maintained by the OCA. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md deleted file mode 100644 index f29f614122e..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md +++ /dev/null @@ -1,14 +0,0 @@ -- Pexego () -- ASR-OSS () -- NaN·tic () -- Acysos () -- Joaquín Gutierrez () -- Angel Moya \<\> -- Albert Cabedo \<\> -- [Tecnativa](https://www.tecnativa.com): - - Antonio Espinosa - - Pedro M. Baeza - - Cristina Martín - - Carlos Dauden -- [Sygel](https://www.sygel.es): - - Manuel Regidor diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst new file mode 100644 index 00000000000..c49365ba214 --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst @@ -0,0 +1,16 @@ +* Pexego (http://www.pexego.es) +* ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) +* NaN·tic (http://www.nan-tic.com) +* Acysos (http://www.acysos.com) +* Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) +* Angel Moya +* Albert Cabedo +* `Tecnativa `_: + + * Antonio Espinosa + * Pedro M. Baeza + * Cristina Martín + * Carlos Dauden +* `Sygel `_: + + * Manuel Regidor diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md deleted file mode 100644 index 620294c5c7b..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md +++ /dev/null @@ -1,45 +0,0 @@ -(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden -EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños -físicos y lógicos del 347. - -De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a -presentar el modelo 347: - -- Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al - régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que - desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y - cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de - otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, - hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que se - refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € se - computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las - adquisiciones de los mismos. -- En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad - de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir - las facturas sin incluir la cuantía del IRPF. -- En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas - en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha - del proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". - -De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo -347: - -- Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales - sin tener en territorio español la sede de su actividad, un - establecimiento permanente o su domicilio fiscal. -- Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en - el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el - régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los - régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y - pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén - excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. -- Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su - conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. -- Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente - operaciones no declarables. -- Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones - incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que - realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo - 347. - -() diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst new file mode 100644 index 00000000000..11d680c555d --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst @@ -0,0 +1,42 @@ +(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) +Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los +diseños físicos y lógicos del 347. + +De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a +presentar el modelo 347: + +* Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen + de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen + actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado + operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, + cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de + 3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el + cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas + de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos. +* En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de + Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las + facturas sin incluir la cuantía del IRPF. +* En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en + este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del + proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". + +De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347: + +* Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin + tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento + permanente o su domicilio fiscal. +* Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en + el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el + régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los + régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería + y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén + excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. +* Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su + conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. +* Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones + no declarables. +* Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones + incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen + operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347. + +(http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf) diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst similarity index 63% rename from l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md rename to l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst index 12b4d953f22..4c973d79a52 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst @@ -1,4 +1,4 @@ Para instalar este módulo, es necesario el módulo *account_tax_balance*, disponible en: - +https://github.com/OCA/account-financial-reporting diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md deleted file mode 100644 index a95b539cbb4..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md +++ /dev/null @@ -1,21 +0,0 @@ -- Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una - fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha - del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en - el siguiente periodo. -- Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para - tenerlo en cuenta en la suma de totales. -- No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, D, - E, F y G. -- Realizar declaración solo de proveedores. -- No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades - aseguradoras). -- No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. -- No se incluye la gestión del criterio de caja. -- No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. -- No se incluye la gestión de depósito aduanero. -- No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para - las operaciones de efectivo. -- Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por - defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, - hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en - el 347. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst new file mode 100644 index 00000000000..a51c3e8ab44 --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst @@ -0,0 +1,21 @@ +* Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha + específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor + con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente + periodo. +* Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo + en cuenta en la suma de totales. +* No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración + C, D, E, F y G. +* Realizar declaración solo de proveedores. +* No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades + aseguradoras). +* No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. +* No se incluye la gestión del criterio de caja. +* No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. +* No se incluye la gestión de depósito aduanero. +* No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las + operaciones de efectivo. +* Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por + defecto al tener también IVA asociado. 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Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer - contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando - el botón "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío - masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación - (chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros - pasarán a estado "Enviado" -8. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de - comunicación pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece - en la parte superior derecha de la pestaña "Registros de empresa". -9. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si - todavía no está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el - botón "Establecer a pendiente" de la vista de detalle), pulsando - sobre el botón "Enviar" de la vista de detalle, o en el icono del - sobre en la vista de listado. -10. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro - pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la - vista de listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o - "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. -11. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un - gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, - aparecerá en un marrón claro. -12. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 - botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. - **NOTA:** Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al - exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. - Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará - la validación/rechazo en el registro. -13. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y - entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y - notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el - único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la - declaración. **NOTA:** Para que esto funcione, debe tener bien - configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo - entrante, etc. -14. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para - aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. -15. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón - "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya - fijos. -16. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para - su subida en la web de la AEAT. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst new file mode 100644 index 00000000000..b98b6aa1ccc --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst @@ -0,0 +1,47 @@ +Para realizar una declaración del modelo 347: + +#. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. +#. Pulse en el botón "Crear". +#. Seleccione el año para la declaración. +#. Pulse en "Calcular". +#. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), + aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la que se podrán + revisar cada uno de los registros detectados. +#. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato + que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT. +#. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto + de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón + "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío masivo, dejando el + mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. + En ese momento, todos los registros pasarán a estado "Enviado" +#. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación + pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece en la parte superior + derecha de la pestaña "Registros de empresa". +#. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no + está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el botón "Establecer a + pendiente" de la vista de detalle), pulsando sobre el botón "Enviar" de la + vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado. +#. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando + sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de + listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o + "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. +#. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris + atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en + un marrón claro. +#. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones + que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. **NOTA:** Para + poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien + configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse + en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro. +#. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces + la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los + seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se + añade es el usuario que ha realizado la declaración. **NOTA:** Para que + esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos + a catchall, correo entrante, etc. +#. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para + aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. +#. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón + "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos. +#. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para su + subida en la web de la AEAT. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html b/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html index 1d95ef0ad75..3308bdb3d00 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html +++ b/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html @@ -369,48 +369,45 @@

AEAT modelo 347

!! source digest: sha256:5ccb38d25f4d418ebfc6b5862473c1a7a2c8f2891e31965c0403a6d9e0bc625c !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! -->

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-

(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden -EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños -físicos y lógicos del 347.

+

(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) +Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los +diseños físicos y lógicos del 347.

De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a presentar el modelo 347:

    -
  • Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al -régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que -desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y -cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de -otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, -hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que -se refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € -se computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las -adquisiciones de los mismos.
  • -
  • En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad -de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir -las facturas sin incluir la cuantía del IRPF.
  • -
  • En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser -presentadas en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar -en la ficha del proveedor la opción de “Incluir en el informe 347”.
  • +
  • Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen +de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen +actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado +operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, +cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de +3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el +cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas +de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos.
  • +
  • En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de +Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las +facturas sin incluir la cuantía del IRPF.
  • +
  • En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en +este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del +proveedor la opción de “Incluir en el informe 347”.
-

De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo -347:

+

De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347:

    -
  • Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales -sin tener en territorio español la sede de su actividad, un -establecimiento permanente o su domicilio fiscal.
  • -
  • Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas -en el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el +
  • Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin +tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento +permanente o su domicilio fiscal.
  • +
  • Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en +el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los -régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y -pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén +régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería +y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén excluidas de la aplicación de los expresados regímenes.
  • -
  • Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en -su conjunto superen la cifra de 3.005,06 €.
  • -
  • Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente -operaciones no declarables.
  • +
  • Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su +conjunto superen la cifra de 3.005,06 €.
  • +
  • Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones +no declarables.
  • Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones -incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que -realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo -347.
  • +incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen +operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347.

(http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf)

Table of contents

@@ -442,66 +439,60 @@

Usage

  • Pulse en el botón “Crear”.
  • Seleccione el año para la declaración.
  • Pulse en “Calcular”.
  • -
  • Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que -tenga), aparecerá una nueva pestaña “Registros de empresas”, en la -que se podrán revisar cada uno de los registros detectados.
  • -
  • Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún -dato que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la -AEAT.
  • -
  • Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer -contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando -el botón “Enviar correos electrónicos”. Esto realizará el envío -masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación -(chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros -pasarán a estado “Enviado”
  • -
  • Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de -comunicación pulsando sobre el smart-button “Registros” que aparece -en la parte superior derecha de la pestaña “Registros de empresa”.
  • -
  • También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si -todavía no está en estado “Enviado” (o pulsando previamente en el -botón “Establecer a pendiente” de la vista de detalle), pulsando -sobre el botón “Enviar” de la vista de detalle, o en el icono del -sobre en la vista de listado.
  • -
  • Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro -pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la -vista de listado, o bien sobre los botones “Confirmar como válido” o +
  • Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), +aparecerá una nueva pestaña “Registros de empresas”, en la que se podrán +revisar cada uno de los registros detectados.
  • +
  • Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato +que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT.
  • +
  • Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto +de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón +“Enviar correos electrónicos”. Esto realizará el envío masivo, dejando el +mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. +En ese momento, todos los registros pasarán a estado “Enviado”
  • +
  • Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación +pulsando sobre el smart-button “Registros” que aparece en la parte superior +derecha de la pestaña “Registros de empresa”.
  • +
  • También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no +está en estado “Enviado” (o pulsando previamente en el botón “Establecer a +pendiente” de la vista de detalle), pulsando sobre el botón “Enviar” de la +vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado.
  • +
  • Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando +sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de +listado, o bien sobre los botones “Confirmar como válido” o “Establecer a no válido” de la vista de detalle del registro.
  • -
  • Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un -gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, -aparecerá en un marrón claro.
  • -
  • En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 -botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. -NOTA: Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al -exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. -Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará -la validación/rechazo en el registro.
  • -
  • La empresa externa también puede responder al correo recibido, y -entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y -notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el -único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la -declaración. NOTA: Para que esto funcione, debe tener bien -configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo -entrante, etc.
  • +
  • Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris +atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en +un marrón claro.
  • +
  • En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones +que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. NOTA: Para +poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien +configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse +en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro.
  • +
  • La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces +la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los +seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se +añade es el usuario que ha realizado la declaración. NOTA: Para que +esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos +a catchall, correo entrante, etc.
  • También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para aquellos que no estén reflejados en el modelo 115.
  • Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón -“Confirmar” para confirmar la declaración y dejar los datos ya -fijos.
  • -
  • Pulsando en el botón “Exportar a BOE”, podrá obtener un archivo para -su subida en la web de la AEAT.
  • +“Confirmar” para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos. +
  • Pulsando en el botón “Exportar a BOE”, podrá obtener un archivo para su +subida en la web de la AEAT.
  • Known issues / Roadmap

      -
    • Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una -fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha -del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare -en el siguiente periodo.
    • -
    • Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para -tenerlo en cuenta en la suma de totales.
    • -
    • No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, -D, E, F y G.
    • +
    • Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha +específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor +con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente +periodo.
    • +
    • Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo +en cuenta en la suma de totales.
    • +
    • No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración +C, D, E, F y G.
    • Realizar declaración solo de proveedores.
    • No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades aseguradoras).
    • @@ -509,12 +500,12 @@

      Known issues / Roadmap

    • No se incluye la gestión del criterio de caja.
    • No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo.
    • No se incluye la gestión de depósito aduanero.
    • -
    • No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual -para las operaciones de efectivo.
    • +
    • No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las +operaciones de efectivo.
    • Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, -hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir -en el 347.
    • +hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en el +347.
    diff --git a/payment_redsys/README.rst b/payment_redsys/README.rst index 8f470a0db8a..ad8229af0ef 100644 --- a/payment_redsys/README.rst +++ b/payment_redsys/README.rst @@ -150,6 +150,10 @@ Contributors - Pablo De Andrés +- `APSL-Nagarro `__: + + - Antoni Marroig + Maintainers ----------- diff --git a/payment_redsys/__manifest__.py b/payment_redsys/__manifest__.py index c101cef3b51..d9484c8e20f 100644 --- a/payment_redsys/__manifest__.py +++ b/payment_redsys/__manifest__.py @@ -5,7 +5,7 @@ "name": "Pasarela de pago Redsys", "category": "Payment Acquirer", "summary": "Payment Acquirer: Redsys Implementation", - "version": "16.0.1.0.1", + "version": "17.0.1.0.0", "author": "Tecnativa, Odoo Community Association (OCA)", "website": "https://github.com/OCA/l10n-spain", "depends": ["payment", "website_sale"], diff --git a/payment_redsys/data/payment_redsys.xml b/payment_redsys/data/payment_redsys.xml index 6d30230ff4a..dce7c6197bd 100644 --- a/payment_redsys/data/payment_redsys.xml +++ b/payment_redsys/data/payment_redsys.xml @@ -2,6 +2,18 @@ + + Redsys + redsys + inbound + + + + Bizum + Bizum + + + Redsys You will be redirected to the Redsys payment gateway after clicking on the payment button.

    ]]>
    -
    - - Bizum - - - - - Redsys - redsys - inbound +
    diff --git a/payment_redsys/readme/CONTRIBUTORS.md b/payment_redsys/readme/CONTRIBUTORS.md index 1a13e5e8c53..03508ba788c 100644 --- a/payment_redsys/readme/CONTRIBUTORS.md +++ b/payment_redsys/readme/CONTRIBUTORS.md @@ -13,3 +13,5 @@ - Rafa Ferri \<\> - [Factor Libre](https://factorlibre.com/): - Pablo De Andrés \<\> +- [APSL-Nagarro](https://apsl.tech): + - Antoni Marroig \<\> \ No newline at end of file diff --git a/payment_redsys/static/description/index.html b/payment_redsys/static/description/index.html index 570f8adeee9..8779fa04c3a 100644 --- a/payment_redsys/static/description/index.html +++ b/payment_redsys/static/description/index.html @@ -496,6 +496,10 @@

    Contributors

  • Pablo De Andrés <pablo.deandres@factorlibre.com>
  • +
  • APSL-Nagarro: +
  • diff --git a/payment_redsys/views/payment_provider.xml b/payment_redsys/views/payment_provider.xml index 2ea680002a8..b1a6885261f 100644 --- a/payment_redsys/views/payment_provider.xml +++ b/payment_redsys/views/payment_provider.xml @@ -8,50 +8,23 @@ - - - - - - - - - - + + + + + + + + + +